Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)

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¿Qué es el IDE?

IDE son las siglas que se dan del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, una ley que se comenzó a utilizar a lo largo y ancho de la República Mexicana a partir de 2007, en donde fue una de las reformas fiscales que se propusieron por parte del entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa, y aunque en un inicio se habían establecido ciertos términos para poder emplear todas estas regulaciones, lo cierto es que apenas en 2009 se dio a conocer uno de los cambios más importantes a esta ley, ya que se realizaría una considerable reducción sobre las cantidades de efectivo a las que se les pueda aplicar el IDE, lo cual sería de 25 mil a 15 mil pesos, aumentando así una tasa del 2 al 3%.

Es por esta razón que el IDE a partir de 2010 obligó estrictamente a todos los habitantes a realizar el pago de estos impuestos, siendo como las personas físicas y morales que en este caso son empresas a que efectúen todos los depósitos correspondientes en efectivo siempre y cuando estos sean mayores a 15 mil pesos mensuales, considerando así toda clase de depósitos que se efectúen a cada una de las cuentas en las que el cliente tiene que ser el titular dentro de una misma institución al interior del sistema financiero.

Entonces se puede decir que el Impuesto a los Depósitos en Efectivo, son el tipo de impuesto mexicano en el que se gravan los excedentes sobre ciertos depósitos que se realizan en efectivo y que superen los 15 mil pesos, aunque tenemos que mencionar que el IDE a partir de 2014 ya puede ser eliminado por parte de los usuarios. Sin embargo este impuesto ahora se instrumenta al interior de muchos otros mecanismos utilizados para la fiscalización por medio del sistema financiero, tal como se emplea actualmente en los informes mensuales al SAT, así como la publicación por parte de la Ley que se rige en contra del lavado de dinero, el cual tiene efecto en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), siendo así como los usuarios ya pueden tener la última consideración sobre la información que se publicará en el portal SAT.

Podemos mencionar que el IDE genera muchas dudas en ciertos aspectos sobre saber cómo se paga, quien sí y quien no está exento. Aunque sea un impuesto que durante los últimos años a partir de 2014 ha quedado casi eliminado, este se aplica sobre una tasa del 3% sobre los excedentes que superarán los montos que ya te hemos contado, pero también se tenía que pagar otro impuesto del 3% para la adquisición de los cheques de caja en efectivo sin importar el monto, y además de esto las tarjetas de crédito se recaudan en el momento que se tenga un saldo a favor de lo que ya se generó por ciertos depósitos realizados en efectivos.

¿Cómo se calcula el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)?

Para que podamos adentrarnos un poco más acerca de uno de los impuestos que más controversia atrajo durante casi 6 años, es muy importante que en primera instancia conozcas sobre la forma en cómo es que se calculaba el IDE, una labor que se realizaba de la siguiente manera:

  • En caso de existir un monto que en depósitos correspondiera a 16 mil pesos.
  • Se comprende que el exento de 15 mil pesos ha sido superado.
  • El excedente registrado es igual a mil pesos.
  • Se utilizará una tasa del 3% sobre los mil pesos que exceden el monto.
  • Cómo resultado se obtiene que los bancos podían recaudar 30 pesos sobre el monto total del depósito.
  • ¿Cómo funcionaba el IDE en México?

    Entre otras cosas el Impuesto a los Depósitos en Efectivo, es un interés que se le aplica directamente a todas las personas físicas y morales con un excedente en los montos mínimos que se acordaron, esto sin importar que el depósito se aplicará en moneda nacional o extranjera, la finalidad se basa en que estos puedan llevar a cabo toda clase de cuentas abiertas a su nombre con cualquier institución que pertenezca al sistema financiero, dándose así que las personas físicas o morales tengan permitida la función de adquirir cheques de caja en efectivo no importando el monto que este tenga.

    Pero también es muy importante que los usuarios se mantuvieran al tanto sobre ciertos casos en donde existieran depósitos a plazo, esto quiere decir que son pagos efectuados por medio de varios depósitos dentro de una misma institución financiera, ocurriendo así que los montos que sean acumulados den un total excedente a 15 mil pesos en un mismo mes, provocando así que el banco se vea obligado a hacer un cobro o recaudación del interés utilizado indistintamente en cualquiera de las cuentas que se tengan abiertas por el contribuyente, mientras que en los casos donde los usuarios no sean los titulares en cualquier tipo de las cuentas que se manejan, se dará que la institución que está obteniendo los depósitos se coloca como la principal obligada a la recaudación del IDE, junto a los vencimientos de cualquier tipo de depósito efectuado a plazos que se realicen.

    De igual forma no se consideraban todos los depósitos en efectivo que se realizaban directamente y a favor de personas físicas o morales por medio de las transferencias electrónicas, así como traspasos de cuenta, títulos de crédito o toda clase de documentos en el sistema que sea pactado con instituciones al interior del sistema financiero empleado en los términos por parte de las leyes que se aplicarán sin importar a quien quedarán a cargo e incluso por la misma institución que los esté recibiendo.

    De esta manera y una vez que se ha eliminado casi en su totalidad el uso del IDE; es como se da que actualmente en base a todos los datos bancarios que se tienen, el gobierno conoce cuanto se depositará, además de conocer si tiene el usuario un monto fijo sobre un pago mensual, siendo así como se determinarán los montos que se descontarán por medio de lo que ahora es únicamente el ISR, razón por la que se tienen en cuenta propuestas que se toman a partir del 37% sobre cada uno de los montos en ganancia, así es como todos los depósitos en efectivo al interior de las entidades bancarias serán una ganancia plena, tomando este monto para que se cobre en automático por medio de las vías bancarias.

    ¿Qué depósitos no se consideran como IDE?

    Ahora bien en el tiempo que se estuvo utilizando del IDE para un mayor control en los pagos empleados a cuentas de usuarios, es como también se determinó que existieran ciertas operaciones que se involucrarán en este tema, y estos constan de lo siguiente:

  • Todos los depósitos realizados y que sean efectuados para que queden a favor de personas físicas y morales, además de quedar por medio de transferencias electrónicas, así como los traspasos que queden a cuenta, títulos de crédito y de toda clase de sistemas acordados por las instituciones en el sistema financiero sin importar que se mantengan cargados por la misma entidad que pueda recibirlos.
  • No se considerarán tampoco a los depósitos en efectivo que se lleven a cabo por las cuentas que tengan montos en los que se excedían a 15 mil pesos de manera mensual.
  • Y por último se mencionan a todas aquellas transferencias electrónicas que tengan fondos en los que sean realizados por parte de los residentes en el extranjero, puesto que no son considerados por un depósito que se hace en efectivo.
  • ¿Qué autoridades recaudaban el Impuesto a los Depósitos en Efectivo?

    En su momento el IDE era un impuesto que se reunía por parte de las instituciones que pertenecen al sistema financiero, es decir todos aquellos bancos, las casas de bolsa, sociedades de inversión, y demás entidades donde se tengan cuentas abiertas por parte de los contribuyentes.

    Sin embargo en caso de no existir fondos que sean suficientes para las recaudaciones de estos impuestos, será como precisamente las instituciones financieras estarán obligadas a poder recaudar en el momento que se tengan que realizar cualquier tipo de depósitos durante un año en las cuentas a nombre del usuario.

    ¿Quiénes exentaban el pago del IDE?

    Pero también en el Impuesto a los Depósitos en Efectivo, se podía encontrar a una serie de usuarios y organizaciones que se mantenían exentas de efectuar su pago correspondiente al IDE, y para que conozcas a fondo sobre esta situación, aquí te los contamos:

  • En primera instancia se encontraban todas aquellas entidades federativas, así como la federación, municipios y las entidades que tuvieran una administración pública paraestatal que se considerarán como no contribuyentes ante el ISR.
  • Seguido de esto se ubican también a todas las personas morales que tengan fines no lucrativos, estos siempre y cuando se estipularán, además de seguir a lo que se acuerda conforme a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
  • Encontramos también a las personas físicas que se ubiquen por parte de los depósitos realizados en efectivo, mismas que a su vez sean ingresos en los que no se paguen impuestos sobre la renta, en este sentido entran agentes diplomáticos, consulares y empleados de embajadas.
  • Por último exentan las personas que efectúen créditos que se otorguen por parte de las instituciones en el sistema financiero por montos adecuados a cada una de las normas y límites.
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    Ali Gutiérrez

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