Nueva ley de emplacamiento 2026: scooters, motos eléctricas y más
Si tienes una moto, bicicleta o scooter eléctrico, esta información te interesa, ya que la SEMOVI ha anunciado que estos vehículos eléctricos deben ser emplacados y otras normativas como contar con seguro para motos. Para conocer toda la información, te sugerimos seguir leyendo este artículo de Ahorra Seguros.
Este artículo contiene:
Placas para vehículos eléctricos
Por decreto oficial, a partir del 1 de julio del 2026, todos los vehículos eléctricos que circulen en la Ciudad de México deberán tramitar sus placas de circulación, así como los conductores deberán contar con licencia de conducir. Esta medida se tomó debido a que actualmente en la CDMX circulan a diario una gran variedad de este tipo de vehículos y es necesario garantizar la seguridad de todos los ciudadanos y de esta manera fortalecer la seguridad vial.
De igual manera, se informó que quien no regularice sus vehículos eléctricos será acreedor a sanciones vehiculares que irán incrementando a partir del mes de septiembre.
¿Qué vehículos eléctricos están exentos de emplacamiento?
Esta nueva normativa no aplica para todos los vehículos eléctricos por igual, ¿la razón? La normativa distingue 2 tipos de vehículos: los vehículos motorizados eléctricos personales (Vemepe) y los vehículos eléctricos personales (VEP). Cada uno de estos tiene obligaciones diferentes, esto debido a factores como:
- La potencia.
- Peso.
- Velocidad máxima.
Vehículos Vemepe
Una de las principales características de estos vehículos es que su velocidad es superior a los 25 kilómetros por hora, y tienen un motor de aproximadamente 250 watts y 1 kilowatt. Estos se dividen en 2 tipos.
- Tipo “A”: Su peso es menor a 35 kg. Estas unidades contarán con placas de color verde.
- Tipo “B”: Su peso supera los 35 kg, y puede llegar a alcanzar los 350 kg. Estos contarán con matrículas de color azul.
Vehículos VEP
La principal característica de estos vehículos radica en que son vehículos NO motorizados, por lo que la velocidad máxima que alcanzan son los 25 kilómetros por hora. Su peso máximo es de 35 kg. Estos vehículos eléctricos no requieren placas.

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Costo de emplacamiento de vehículos eléctricos
El costo de estas nuevas placas será el mismo tanto para vehículos Vemepe como para VEP. El costo será de:
- ~709 MXN.
¿Qué aseguradoras manejan seguros para scooters y motos eléctricas en CDMX?
Tras el decreto publicado en mayo de 2026 en la Ciudad de México, el emplacamiento y el seguro de responsabilidad civil se han vuelto obligatorios para scooters y motos eléctricas. Este cambio ha hecho que las aseguradoras adapten sus productos para cumplir con los nuevos requisitos de la SEMOVI.
Aquí tienes las aseguradoras que lideran este segmento en CDMX para 2026:
Plazos para matricular motos, bicis y scooters eléctricos
Según la SEMOVI, las personas que ya cuenten con alguno de estos vehículos contarán desde el 1 de julio hasta el 20 de noviembre del 2026 para registrar el vehículo pertinente y obtener las placas o distintivo correspondiente.
Para quienes aún no tienen uno, pero están pensando en adquirir alguno de estos vehículos, este deberá salir emplacado del lugar donde lo compres.
Costo de licencias de vehículos eléctricos
Como lo hemos mencionado anteriormente, así como emplacar tu vehículo eléctrico para poder circular, también debes contar con la licencia de conducir correspondiente al tipo de tu vehículo.
- Licencia de conducir tipo A1: Aproximadamente $572 MXN.
- Licencia de conducir tipo A2: ~$1,142 MXN.
Multas por no emplacar tu moto eléctrica
Según la SEMOVI, el objetivo de regularizar este tipo de vehículos es garantizar la seguridad vial e incentivar el uso responsable de estos vehículos. El hacer caso omiso de esta nueva normativa puede llevarte a tener multas.
Las multas van de 10, 15 o 20 UMA´s dependiendo de la infracción cometida.
- Primeras dos infracciones: 10 UMA´s ~$1,175 MXN.
- De 3 a 4 infracciones: 15 UMA´s ~$1,760 MXN.
- 5 multas y más: 20 UMA´s ~$2,350 MXN.
Cotiza tu seguro para tu moto eléctrica
Por último, debes saber que las motos eléctricas deben contar con un seguro; el seguro mínimo requerido es el de responsabilidad civil; este requisito es obligatorio para motos que superen los 25 km/h.
En Ahorra Seguros te ayudamos a estar en regla con las nuevas normativas con nuestro comparador, que te ayuda a decidir entre más de 20 aseguradoras la póliza ideal para ti.
Preguntas frecuentes sobre emplacamiento de vehículos eléctricos
Sí. Según el decreto de mayo de 2026, todo vehículo motorizado, incluyendo scooters eléctricos y motocicletas eléctricas que circulen por la vía pública, debe contar con placas de circulación, tarjeta de circulación vigente y seguro de responsabilidad civil.
El trámite se realiza ante la Secretaría de Movilidad (SEMOVI). Debes iniciar la línea de captura en el portal de la Secretaría de Administración y Finanzas y, posteriormente, agendar una cita en los Centros de Servicio de Tesorería o Módulos de Control Vehicular.
El decreto establece que los conductores de vehículos que no cumplan con el emplacamiento serán acreedores a una sanción económica (multa en UMA) y la unidad podrá ser remitida al depósito vehicular (corralón) hasta que se acredite el cumplimiento del trámite.
Sí. Al ser considerados vehículos motorizados bajo el nuevo decreto, los conductores deben portar una licencia vigente tipo A1 (motociclista) o tipo A2 (automovilista y motociclista).
No. El decreto reafirma que todo vehículo con placa de circulación tiene estrictamente prohibido circular sobre las banquetas y áreas peatonales. Deben transitar por el carril de la derecha o infraestructura ciclista permitida, respetando el sentido de las vialidades.
Fuentes consultadas:
Emplacamiento de vehículos eléctricos en CDMX
Este es el último día para emplacar los vehículos eléctricos
Cotizar Seguro de Auto

