Consentimiento Seguro de Accidentes Personales Colectivo La Latino Seguros

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Condiciones Seguro de Accidentes Personales Colectivo La Latino Seguros

La Latinoamericana, Seguros, S.A. (en adelante denominada como la Compañía) ofrece su Seguro de Accidentes Personales Colectivo conforme a lo establecido en el contrato de seguro, cubriendo a las personas indicadas en la carátula de la póliza durante la vigencia estipulada. Tanto la Compañía como el Contratante acuerdan que las declaraciones proporcionadas, junto con las Condiciones Particulares y Generales, serán las que rijan el acuerdo. En caso de cualquier situación no contemplada, se aplicará la Ley Sobre el Contrato de Seguro y, en su defecto, la normativa mexicana vigente, prevaleciendo las Condiciones Particulares sobre las Generales. Además, para obtener la protección más adecuada, puedes utilizar un cotizador de seguro de gastos médicos mayores que te ayude a elegir la mejor cobertura según tus necesidades.

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I. Cláusulas

En el contexto de los seguros, las cláusulas son elementos cruciales que establecen los términos y condiciones específicos del contrato. Estas cláusulas definen cómo se aplicarán los aspectos fundamentales del seguro a lo largo de su vigencia. Entre las cláusulas más importantes se encuentran aquellas relacionadas con el Contrato, que establece el acuerdo formal; la Póliza, que especifica las coberturas y exclusiones; el Pago de primas, que asegura la continuidad de la cobertura; la Vigencia, que marca el período durante el cual el seguro está en efecto; y las Modificaciones, que detallan cómo se pueden realizar cambios en el contrato. Comprender estas cláusulas es esencial para una correcta gestión y para garantizar que todas las partes involucradas estén claras sobre sus derechos y obligaciones, especialmente en un seguro de gastos médicos mayores donde la cobertura y exclusiones son fundamentales para la protección del asegurado.

Cláusulas Partes del Contrato
Contrato El contrato del seguro lo constituyen las declaraciones del Contratante proporcionadas por escrito a la Compañía en la solicitud del seguro, conforme a los cuales han sido clasificados los riesgos, esta póliza, sus anexos, las cláusulas adicionales y sus endosos, los consentimientos de los Asegurados en el caso de que se contrate la cobertura de Muerte Accidental y los certificados individuales.
Póliza Documento en el que consten las obligaciones y derechos de las partes en los contratos de seguro. Este documento es fundamental en cualquier contrato de seguro, ya que detalla de manera exhaustiva las responsabilidades y derechos tanto del asegurado como de la aseguradora. En él se establecen claramente los compromisos que cada parte debe cumplir durante la vigencia del contrato. Incluye aspectos esenciales como el pago de primas, las coberturas ofrecidas, y los procedimientos para presentar reclamaciones. Este marco detallado asegura que ambas partes comprendan y acepten los términos del contrato, proporcionando una guía clara para la relación contractual y garantizando el cumplimiento de las condiciones acordadas.
Vigencia El presente contrato entrará en vigor desde la fecha de inicio de vigencia de esta póliza, o desde el momento en que el Contratante reciba notificación de la aceptación de la Compañía. Esta fecha será el punto de inicio para la aplicación de todas las coberturas, derechos y obligaciones establecidas en el contrato. La vigencia del seguro se regirá por esta fecha, y cualquier cobertura o servicio relacionado comenzará a aplicarse a partir de este momento, asegurando que ambas partes estén plenamente informadas y de acuerdo con el inicio de la cobertura.
Pago de primas El Contratante o el Asegurado deberán pagar a la Compañía las primas que correspondan a su edad alcanzada en la fecha de la solicitud, según la tarifa de primas que se encuentre registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, contra entrega del recibo expedido por la Compañía. En caso de siniestro, la Compañía deducirá de la indemnización pagadera al Contratante o al Beneficiario el total de la prima pendiente de pago, o las fracciones de ésta no liquidadas, hasta completar la totalidad de la prima correspondiente al período de Seguro contratado.
Omisiones o declaraciones inexactas El Contratante y los Asegurados están obligados a declarar por escrito a la Compañía, de acuerdo con los cuestionarios relativos, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tal como los conozcan o deban conocer en el momento de la celebración del contrato. Cualquier omisión o declaración inexacta de tales hechos, facultará a la Compañía para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro. (Art. 8 y 47 de la Ley sobre el Contrato de Seguro). Los cuestionarios y las cláusulas relacionadas con la selección de riesgo para la contratación que formen parte de las condiciones generales, solicitud, endosos y cualquier otro documento que forme parte del contrato de seguro, solamente aplicarán para aquellos supuestos en que los asegurados se den de alta después de 30 días de haber adquirido el derecho de formar parte de la póliza.

 

II. Funcionamiento de la Póliza

El funcionamiento de una póliza de seguro es fundamental para comprender cómo opera la cobertura contratada y qué aspectos son cruciales para su gestión efectiva. Desde el Contratante y el Titular hasta el manejo de Altas y Bajas, cada elemento juega un papel clave en la administración del seguro. Además, la Selección de Riesgo asegura que las condiciones y coberturas sean adecuadas para el perfil del asegurado. Estos aspectos garantizan que tanto el asegurado como la aseguradora cumplan con las obligaciones acordadas y que el seguro funcione de manera óptima a lo largo de su vigencia.

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Al contratar el consentimiento seguro de accidentes personales colectivo la latino seguros, es importante entender cada detalle del contrato. Además, para seleccionar una cobertura adecuada, se recomienda utilizar un comparador de seguro de gastos médicos mayores que facilite la elección de la opción que mejor se ajuste a tus necesidades.

Aspecto Descripción
Contratante El Contratante, ya sea una persona física o moral, será el responsable del pago total de la prima del seguro ante la Aseguradora.
Titular Para efecto de esta póliza se considera titular a aquella persona que aparece como Asegurado Principal de la póliza o certificado según sea el caso.
Altas La Compañía cubrirá nuevos miembros si el Contratante lo solicita por escrito. En caso de matrimonio durante la vigencia de la póliza, la esposa estará cubierta desde el matrimonio si se avisa a la Compañía dentro de los 30 días, con el acta correspondiente y el pago de la prima.
Bajas La póliza se cancelará si el asegurado deja de formar parte de la colectividad. El Contratante debe notificar a la Compañía por escrito de inmediato. Los beneficios del seguro cesarán desde la separación, salvo para siniestros ocurridos antes. El Contratante deberá reintegrar a la Compañía cualquier pago indebido por omisión en la notificación.
Selección de Riesgo Los cuestionarios y las cláusulas relacionadas con la selección de riesgo para la contratación que formen parte de las condiciones generales, solicitud, endosos y cualquier otro documento que forme parte del contrato de seguro, solamente aplicarán para aquellos supuestos en que los asegurados se den de alta después de 30 días de haber adquirido el derecho de formar parte de la póliza.

 

III. DEFINICIONES GENERALES

En esta sección se definen términos fundamentales para la correcta interpretación del contrato de seguro. Las definiciones proporcionan claridad sobre aspectos cruciales como los tipos de accidentes cubiertos, la suma asegurada, el deducible y el coaseguro. Además, se especifican quiénes son el asegurado, el beneficiario y el contratante, así como las exclusiones aplicables y otros términos relevantes. Estas definiciones establecen una base común de entendimiento, garantizando que todas las partes involucradas comprendan claramente sus derechos y responsabilidades bajo la póliza. Para asegurar que la cobertura sea adecuada, es recomendable utilizar un cotizador de seguro de gastos médicos mayores que te ayude a encontrar la mejor opción disponible según tus necesidades.

Término Definición
Accidentes cubiertos Se considera accidente cubierto aquel evento que resulta de una causa externa, súbita, violenta y fortuita, produciendo lesiones corporales en el asegurado. El evento debe ser inesperado e involuntario, originado por un factor externo que actúe de manera súbita y violenta sobre el asegurado, resultando en daños físicos. Las lesiones provocadas intencionalmente están excluidas de la cobertura.
Suma asegurada La suma asegurada es la cantidad máxima que la Compañía se compromete a pagar por cada asegurado en caso de una reclamación, conforme a los límites establecidos en la póliza, endosos y cláusulas correspondientes. Representa el tope financiero de la responsabilidad de la Compañía ante cualquier reclamación dentro del marco de la póliza.
Deducible Es la cantidad pactada en la póliza que el asegurado debe cubrir de su propio bolsillo antes de que la Compañía comience a pagar el resto de los gastos médicos. Aplica a cada reclamación y busca compartir el riesgo financiero entre el asegurado y la Compañía, ayudando a controlar los costos y prevenir el uso excesivo de la cobertura.
Coaseguro Es el porcentaje con el que el asegurado participa en las indemnizaciones por reembolso de gastos médicos después de descontado el deducible. Representa la parte de los gastos médicos que el asegurado debe cubrir adicionalmente. Se aplica a cada reclamación y se calcula sobre el monto restante de los gastos médicos cubiertos.
Asegurado Es la persona física amparada por la póliza de seguro, quien puede recibir los beneficios y prestaciones en caso de un evento cubierto por el seguro. Es responsable de cumplir con las obligaciones estipuladas en la póliza, incluyendo el pago de las primas y la notificación oportuna de cualquier cambio relevante que pueda afectar la cobertura.
Beneficiario Es la persona designada en la póliza por el asegurado para recibir el beneficio del seguro en caso de un evento cubierto. Tiene derecho a recibir la compensación establecida. El asegurado debe mantener actualizada la información del beneficiario y notificar a la Compañía cualquier cambio en la designación durante la vigencia del contrato.
Contratante Es la persona física o moral responsable de la contratación del seguro y del pago de la prima en su totalidad. Firma el contrato de seguro, asume las obligaciones financieras y debe garantizar el pago puntual de las primas. Puede enfrentar la suspensión o cancelación de la póliza en caso de incumplimiento y tiene la facultad de modificar la póliza y designar beneficiarios.
Exclusiones Son situaciones, eventos o circunstancias específicas que no están cubiertos por la póliza. Estas exclusiones están detalladas en el contrato y en la carátula de la póliza. Incluyen condiciones preexistentes, actividades riesgosas o eventos causados intencionalmente por el asegurado. La Compañía no asume responsabilidad ni realiza pagos por pérdidas resultantes de estas exclusiones.
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IV. Especificación de Coberturas de Accidentes Personales

La contratación de alguna de las siguientes coberturas debe reflejarse claramente en la carátula de la póliza.

1. Cobertura de Muerte Accidental (M.A.)

Si como consecuencia del accidente sufrido por el Asegurado y dentro de los noventa días siguientes a la fecha del mismo, sobrevinieron su muerte, la Compañía pagará a los Beneficiarios designados, o a falta de estos, a la sucesión del Asegurado, el importe de la suma asegurada determinada de acuerdo con la regla que en la carátula de la póliza se especifica, deduciendo cualquier cantidad pagada con anterioridad al Asegurado por la cobertura de pérdida de miembros y de la vista, siempre que estas pérdidas hayan sido producidas por el mismo accidente que provocó la muerte.

Aumento de suma asegurada 

Cuando esta cobertura se contrate con aumento, la suma asegurada Inicial se incrementará a la renovación en un porcentaje, especificado en la carátula de la póliza. La cantidad determinada inicialmente como incremento, se aplicará en cada anualidad completa y consecutiva de la póliza, o certificado, hasta un máximo de 5 veces sin incremento de la prima de cada Asegurado en tanto no se modifiquen las sumas contratadas inicialmente. 

En el caso de personas cuya edad esté comprendida entre los 3 años de edad y hasta los 11 años cumplidos, sólo se otorgará sujeto a suscripción el beneficio de Reembolso de Gastos Funerarios. 

Tipo  Límites de edad para Muerte Accidental  Límites de edad para Reembolso de Gastos Funerarios
a) De contratación: Mínima 12 años – Máxima 69 años Mínima: 3 años – Máxima: 11 años
b) De cancelación: 80 años 12 años

2. Cobertura de Muerte Accidental Colectiva (M.A.C.) 

La indemnización pagadera por la cobertura de Muerte Accidental se duplicará si fueran sufridas por el Asegurado. 

  1. a) Mientras viajare como pasajero, con boleto pagado, en cualquier vehículo público, impulsado mecánicamente y operado regularmente por una empresa de transportes públicos, sobre una ruta establecida normalmente para servicio de pasajeros y sujeta a itinerarios regulares
  2. b) Mientras viajare como pasajero en un ascensor que opere para servicio al público (con exclusión de los ascensores en las minas, de los de las obras en construcción, o similares
  3. c) A causa de incendio en cualquier teatro, hotel u otro edificio abierto al público, en el cual se encuentre el Asegurado al iniciarse el incendio.

3. Cobertura de Pérdidas Orgánicas (P.O.)

Si como consecuencia del accidente cubierto, sufrido por el Asegurado y dentro de los noventa días siguientes a la fecha del mismo, la lesión produjera cualquiera de las pérdidas enumeradas a continuación, la Compañía pagará las cantidades correspondientes de acuerdo a la escala contratada conforme a lo siguiente: 

Por la pérdida de: Escala A (de la suma asegurada)   Escala B (de la suma asegurada)
Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos 100% 100%
Una mano y un pie 100% 100%
Una mano y la vista de un ojo o un pie y la vista de un ojo 100% 100%
Una mano o un pie 50% 50%
La vista de un ojo 30% 30%
El pulgar de cualquier mano 15% 15%
El índice de cualquier mano 10% 10%
Tres dedos, comprendiendo el pulgar o el índice de una mano 30%
Tres dedos que no sean el pulgar o el índice de una mano 25%
El pulgar y otro dedo que no sea el índice de una mano 25%
El índice y otro dedo que no sea el pulgar de una mano 20%
El dedo medio, el anular o el meñique 5%
Amputación parcial de un pie, comprendiendo todos los dedos 30%
Sordera completa de los oídos 25%
Acortamiento de un miembro inferior, por lo menos de 5 cm 15%

Se entiende por pérdida de la mano, su separación completa desde la articulación del puño o arriba de ella; por pérdida del pie, su separación completa desde la articulación del tobillo o arriba de él; por pérdida de la vista de un ojo, la desaparición completa e irreparable de esta función en ese ojo; por pérdida del pulgar o índice, la separación de las dos falanges completas en cada dedo; por pérdida de los otros dedos, la separación desde la articulación metacarpo o metatarso phalangeal según sea el caso o arriba de la misma; y por audición, la pérdida total y definitiva de la función de los dos oídos.

Es importante que la póliza refleje el consentimiento seguro de accidentes personales colectivo La Latino Seguros para asegurar que todas las coberturas sean efectivas y adecuadas para las situaciones descritas.

Para comparar las opciones disponibles y asegurarse de obtener la mejor cobertura, considera utilizar un comparador de seguro de gastos médicos mayores que te permita evaluar las diferentes alternativas y beneficios ofrecidos.

Aquí tienes el texto con los límites de edad organizados:

Límites de edad para esta cobertura:

  • a) De contratación:

Mínima: 3 años

Máxima: 69 años

  • b) De cancelación: 80 años

V. DELIMITACIÓN DE LAS COBERTURAS

1. Riesgos excluidos 

El contrato de seguro contenido en esta póliza no cubre la muerte, las lesiones o las pérdidas ocasionadas directamente, en todo o en parte, por alguna de las siguientes causas: 

  • a) Enfermedad corporal o mental; infecciones con excepción de las que acontezcan como resultado de una lesión accidental, tratamiento médico o quirúrgico cuando éste no sea necesario a consecuencia de un accidente. 
  • b) Servicio Militar de cualquier clase, actos de guerra, insurrección, rebelión, revolución y alborotos populares. Actos delictuosos y riñas en que participe directamente el Asegurado con culpa grave de él. 
  • c) Lesiones intencionales, suicidio o cualquier intento del mismo y mutilación voluntaria aún cuando se cometa en estado de enajenación mental. d) Hernias, eventraciones, envenenamientos de cualquier origen o naturaleza y aborto cualquiera que sea su causa, excepto si es accidental.

2. Riesgos incluidos 

Que pueden ser cubiertos mediante convenio escrito Salvo convenio por escrito agregado a esta póliza como cláusula adicional, este Seguro no ampara la muerte, las lesiones o las pérdidas ocasionadas, directa o indirectamente, en todo o en parte, por alguna de las siguientes causas: 

  • a) Cuando el Asegurado viajare en cualquier aeronave, como piloto, mecánico en vuelo, miembro de la tripulación o con cualquier otro carácter, excepto como pasajero con boleto pagado o pase debidamente expedido por una empresa de transporte autorizada para el servicio de pasajeros, que realice un vuelo establecido en horario y en una ruta regular entre aeropuertos legalmente establecidos. 
  • b) En taxis aéreos o en aeronaves que no pertenezcan a una línea comercial legalmente establecida y autorizada para el servicio de transporte regular de pasajeros. 
  • c) Como ocupante de cualquier automóvil o vehículo de carreras, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad. 
  • d) Si el Asegurado viaja en motonetas o motocicletas u otros vehículos similares de motor.
  • e) Por la práctica de actividades de paracaidismo, buceo, alpinismo o equitación, caída libre con liga.
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VI. INDEMNIZACIONES

1. Aviso de accidente

El Asegurado, o el Beneficiario en caso de muerte, deberán dar aviso a la Compañía de cualquier accidente cubierto por esta póliza dentro de los veinte días siguientes de haber ocurrido. Si se omite el aviso con la intención de impedir que se comprueben oportunamente las circunstancias del siniestro, se perderá el derecho a los beneficios asegurados. La Compañía tiene derecho a examinar médicamente al Asegurado para resolver sobre cualquier reclamación que se le hubiere presentado. Cuando el contrato o esta ley haga depender la existencia de un derecho de la observancia de un plazo determinado, el asegurado o sus causahabientes que incurrieren en la mora por caso fortuito o de fuerza mayor, podrán cumplir el acto retardado tan pronto como desaparezca el impedimento. Es recomendable utilizar un cotizador de seguro de gastos médicos mayores para comparar diferentes opciones y asegurar la mejor cobertura posible.

2. Pruebas 

El reclamante presentará a su costa a la Compañía, además de las formas de declaración que ésta le proporcione, toda la documentación necesaria para acreditar el accidente ocurrido y los gastos en que incurrió el Asegurado, tales como comprobantes notas, facturas, recetas, etc., que cubran los requisitos fiscales, todo en originales. La Compañía se reserva el derecho en todo tiempo y siempre que lo juzgue conveniente, de corroborar los hechos o situaciones que dieron origen a la reclamación y que ésta derive en una obligación para la misma, pudiendo valerse de cualquier medio legal para hacerlo. Esto incluye la presentación de la documentación relacionada con el seguro de gastos médicos mayores.

3. Pago de Indemnizaciones

  • a) Las indemnizaciones que resulten conforme al presente contrato serán liquidadas en el curso de los 30 días siguientes a la fecha de la comprobación del siniestro a la Compañía. b) Todas las indemnizaciones cubiertas por la Compañía serán liquidadas al Asegurado o a quien éste haya designado, excepto las sumas aseguradas por muerte accidental o Reembolso de Gastos Funerarios por accidente las que se pagarán a los beneficiarios designados por el Asegurado. 
  • c) Los límites establecidos en esta póliza para el pago de los beneficios asegurados se aplicarán por cada accidente, siempre que sean diferentes y no tengan relación ni dependencia entre sí excepto como queda estipulado en la descripción de cobertura de “Pérdidas Orgánicas”
  • d) Cuando se trate de un mismo accidente, recaídas o complicaciones, por la misma causa o por otra que con ésta se relacione, la obligación de la Compañía no excederá de las cantidades máximas que resulten de la aplicación de las reglas fijadas en la carátula de la póliza. 

Todas las indemnizaciones cubiertas por la Compañía, serán liquidadas a cada Asegurado, o a quien este haya designado como Beneficiario, en las oficinas de la Compañía en la República Mexicana.

Preguntas Frecuentes

El Consentimiento para el Seguro de Accidentes Personales Colectivo de La Latino Seguros es el proceso mediante el cual los miembros de un grupo (como empleados de una empresa o participantes en una actividad) aceptan los términos y condiciones del seguro que cubre accidentes personales. Este consentimiento es necesario para que la aseguradora pueda proporcionar la cobertura adecuada a todos los miembros del grupo.

Para otorgar el consentimiento, los miembros del grupo generalmente deben proporcionar información personal básica, aceptar las condiciones del seguro, y firmar el documento de consentimiento. Esto puede incluir detalles como nombre completo, número de identificación, y confirmación de que han leído y entendido los términos del seguro.

El Consentimiento incluye información sobre el alcance de la cobertura del seguro, las exclusiones, los beneficios ofrecidos, y los procedimientos para presentar reclamaciones. También detalla los derechos y responsabilidades de los asegurados y cualquier condición especial que aplique a la póliza colectiva.

El Consentimiento asegura que todos los miembros del grupo están informados sobre y han aceptado los términos de la cobertura. Esto es crucial para que la aseguradora pueda proporcionar la cobertura de accidentes personales, y para que los asegurados puedan recibir los beneficios en caso de un incidente cubierto por la póliza.

Si un miembro del grupo no otorga su consentimiento, no estará cubierto por la póliza de seguro de accidentes personales. Esto significa que, en caso de un accidente, el miembro que no haya dado su consentimiento no podrá acceder a los beneficios y coberturas proporcionados por el seguro colectivo.

Los términos del consentimiento pueden actualizarse para reflejar cambios en la cobertura, exclusiones o condiciones del seguro. Los miembros del grupo recibirán notificaciones sobre cualquier cambio y deberán proporcionar un nuevo consentimiento si se modifican significativamente las condiciones de la póliza.

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Marco Antonio Rodriguez Sanchez