Seguros para enfermedades preexistentes ¿Los conoces?
¿Tienes alguna enfermedad y necesitas un seguro? Nosotros te ayudamos
¿Sabes qué son las enfermedades preexistentes? Estas enfermedades son determinantes al momento de contratar un seguro ya que pueden afectar tu póliza por completo, deja te contamos.
Este artículo contiene:
Estas enfermedades tal como su nombre lo indica, preexisten a la existencia de la póliza, esto quiere decir que ocurrieron antes de su contratación.
Para poder considerarse como tales deben de haber sido diagnosticadas con anterioridad a través de pruebas de laboratorio y reconocidas por un médico experto.
Estas enfermedades quedarán registradas en tu historial médico, por ello, es que la aseguradora se encargará de revisarlo al momento de tu contratación de la póliza.
Es importante hacer tu conocimiento que hay seguros que podrían solicitar estudios previos para poder realizar la contratación.
Estos estudios son importantes para las aseguradoras ya que las enfermedades que tengas si bien, puedes no estar consciente, son tomadas en cuenta como enfermedades preexistentes.
Puede que sepas que este tipo de enfermedades pueden ser excluidas de los seguros de gastos médicos, sin embargo, hay seguros que pueden considerarlas como parte de las coberturas ¿No sabes cuáles? Quédate con nosotros.
¿Puedo engañar a la aseguradora? ¿Cómo tiene acceso a mi historial médico?
No, no puedes engañar a la aseguradora y además no es recomendable, ya que de no ser honesto, podrían negarte la póliza, o podrías quedar desprotegido.
Las aseguradoras tienen un protocolo de investigación para este tipo de pólizas, sobre todo porque los gastos médicos representan un gran riesgo para las aseguradoras.
Además como parte de los requisitos de la compañía aseguradora te pedirá un cuestionario de salud.
Ahí deberás de especificar tu historial médico de manera honesta. En este cuestionario te podrán preguntar lo siguiente:
- Padecimientos previos que hayas tenido
- Lesiones que hayas sufrido
- Procedimiento quirúrgicos o cirugías mayores que hayas tenido
- Enfermedades graves que hayan requerido hospitalización y/o algún tipo de de tratamiento.
- Historial médico familiar o de tus dependientes para verificar los riesgos de enfermedades congénitas
- Estudios médicos recientes que te hayas realizado
Todos estos datos ayudan a la aseguradora a determinar y valorar el riesgo que podría adquirir la aseguradora en caso de otorgarte una póliza.
De igual modo este cuestionario en conjunto con factores como tu edad y género, podrán ayudar a determinar el precio de tu póliza, así como determinar las coberturas a las que podrán tener acceso dentro del contrato de tu póliza.
¿Cuáles son las enfermedades consideradas como preexistencias
Hay múltiples enfermedades consideradas como preexistencias y estas son señaladas en el Reglamento de Seguros de Salud en el segundo capítulo “De la contratación inscripción de servicios”.
Estas son las enfermedades consideradas como preexistentes:
- Tumores malignos
- Enfermedades crónico degenerativas
- Diabetes mellitus
- Enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher)
- Enfermedades crónicas del hígado
- Insuficiencia renal crónica
- Valvulopatías cardíacas
- Insuficiencia cardíaca.
- Secuelas de cardiopatía isquémica.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria
- Enfermedades degenerativas del sistema nervioso central y periférico
- Secuelas de enfermedad vascular cerebral
- Insuficiencia vascular periférica, entre otras.
- Enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo
- Adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías
- Trastornos mentales como psicosis y demencias
- Enfermedades congénitas y síndrome de inmunodeficiencia adquirida o VIH positivo.
- Secuelas de lesiones musculoesqueléticas o neurológicas de origen traumático que ameriten tratamiento.
¿Hay seguros para enfermedades preexistentes?
Si, si bien pueden haber exclusiones o periodos de espera, hay seguros que atienden las enfermedades preexistentes.
La aseguradora lo determinará dentro de la póliza bajo los siguientes criterios:
- Exclusión de enfermedades preexistentes
- Cobertura después de un período de espera
- Cobertura con extra prima
Cada una de estas consisten en lo siguiente:
Criterio | Descripcion |
---|---|
Exclusión de enfermedades preexistentes | Las compañías de seguros excluyen, en la mayoría de los casos, una enfermedad preexistente y todas las condiciones ligadas a esa enfermedad.
Así, al ser excluida de la cobertura del plan, no se podrá reclamar ningún tratamiento relacionado con ella. Todas las condiciones médicas que no son preexistentes pueden ser cubiertas hasta el límite de la suma asegurada que indique la póliza. |
Cobertura después de un período de espera | Algunas compañías de seguros manejan ciertas enfermedades preexistentes con un periodo de espera que varía para cada aseguradora y que puede ir desde los 6 meses hasta los 5 años. En general, si durante el periodo de espera la condición preexistente no genera síntomas y no requiere tratamiento, la enfermedad puede ser examinada de nuevo para considerar su cobertura cuando se presente una reclamación. Ejemplo: Hemorroides; si en 2 años desde el inicio de la vigencia y transcurridos 2 años sin haber tenido ningún síntoma, esta podrá ser valorada y cubierta por la aseguradora. |
Cobertura con extra prima | Dependiendo de la enfermedad preexistente, existe la posibilidad de que la aseguradora la acepte a cambio de una prima anual más alta, conocida como una extra prima. Bajo esta figura, la aseguradora podrá optar por aumentar el importe de la póliza a cambio de cubrir una enfermedad preexistente que de otro modo sería considerada una exclusión, por lo tanto podrás proponer esto a la aseguradora desde un principio o añadirlo como un endoso |
¿Qué pasa si no declaro un padecimiento previo?
En caso de que la aseguradora detecte que estás mintiendo, omitiste algún factor o tus declaraciones fueron inexactas durante el cuestionario aplicado o posterior a la realización de los estudios tu póliza puede cancelarse, o no habrá posibilidad de hacer endosos.
Esto quiere decir que a pesar de poder pagar una prima extra, te podrá ser negada y como ya mencionamos en casos extremos o dependiendo de la aseguradora, por incumplimiento de contrato, tu póliza podrá ser cancelada.
Las aseguradoras principalmente sospechan de inconsistencias si solicitas alguna de las coberturas antes de cumplir el año de vigencia de la póliza.
Ante estas sospechas, las aseguradoras requerirán estudios y evaluaciones médicas al beneficiario para determinar si realmente no estabas consciente de la enfermedad, esto se puede determinar con un peritaje médico.
¿Qué aseguradoras tienen seguros para enfermedades preexistentes?
Compañía Aseguradora | Cobertura |
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Metlife |
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AXA |
|
MAPFRE | Se cubren padecimientos preexistentes declarados con 24 meses de espera y no declarados con un periodo de espera de 60 meses. |
GNP | Reconocimiento a la lealtad, al cubrir padecimientos preexistentes a partir del 5° año de contratación. |
}
¿Qué son los periodos de espera?
Como ya te mencionamos los seguros pueden atender enfermedades preexistentes de acuerdo a periodos de espera establecidos.
Esto quiere decir que la aseguradora establecerá el tiempo en el que una enfermedad será atendida a partir de la contratación de la póliza.
Estos son los tiempos de espera más comunes que tienen las aseguradoras:
- Dos meses: Aplica para enfermedades en el extranjero, padecimientos neurológicos, cirugías cardiacas, trasplante de órganos e insuficiencia renal.
- Tres meses:Fracturas (excepto nariz), apendicectomía, amigdalectomía, hernioplastia, cáncer cervical y de mamá, infartos y parálisis.
- Seis meses: Si no has interrumpido la póliza, el seguro podría amparar algún padecimiento de la rodilla o ácido péptico, que puede ser esofagitis, gastritis, diverticulosis o duodenitis.
- Doce meses: El seguro cubrirá padecimientos ginecológicos, insuficiencias del piso perineal, columna vertebral, enfermedades de la vesícula, hernias abdominales, tumores malignos, fibrosis quística, hipertensión arterial, etc.
- Dos años: La póliza apoyará en gastos por cataratas, amígdalas, juanetes, padecimientos del sueño, prótesis, aparatos ortopédicos o auditivos, cirugías para corregir miopía o astigmatismo.
- Cuatro años: Virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y SIDA, cirugía bariátrica como colocación de banda gástrica ajustable, bypass gástrico, entre otros, sólo en caso de ser necesario por cuestiones de salud.